De izquierda a derecha, Ghirlanda, Mellino y Semeraro
al presentar Praedicate Evangelium en la Sala de Prensa Vaticana
La reforma de la Curia no es sólo «Praedicate Evangelium», pero esta constitución apostólica que entrará en vigor el 5 de junio es una de sus piedras maestras. Así lo explicaron las autoridades vaticanas que presentaron el documento este lunes 21 de marzo en la Sala de Prensa de la Santa Sede.
Los ponentes fueron el cardenal Marcello Semeraro, prefecto de la Congregación para las Causas de los Santos; Marco Mellino, secretario del Consejo de Cardenales; y Gianfranco Ghirlanda, sacerdote y profesor emérito de la Pontificia Universidad Gregoriana en la Facultad de Derecho Canónico.
Mellino explicó que las primeras enmiendas al documento se estudiaron y votaron en las reuniones del consejo de cardenales de junio y septiembre de 2019. Una segunda ronda de enmiendas las votaron en junio de 2020. Después, el Papa examinó personalmente las enmiendas, propuestas y observaciones, hasta que promulgó el texto definitivo el pasado 19 de marzo.
Esta normativa es, pues, fruto de 9 años de trabajos y reemplaza la que promulgó Juan Pablo II en 1988, la Pastor Bonus. Reorganiza la Curia en 16 dicasterios y cada uno de ellos puede llegar a estar dirigido por un laico (que podría tener a cardenales, obispos y arzobispos como colaboradores).
6 cambios que trae Praedicate Evangelium (según la presentación en la Sala de Prensa):
1. Cada dicasterio tiene la misma potestad y dignidad
Marco Mellino subrayó que todos “todos los dicasterios gozan de la misma dignidad jurídica y todos ejercen la potestad de jurisdicción, por lo que el orden de su ubicación en la lista no tiene ningún valor jurídico en sí mismo”. Sí es verdad que al poner el Dicasterio de Evangelización al inicio de la lista se busca potenciar la "actividad misionera" como "visión general de la reforma".
2. La Curia sirve al Papa y a los obispos, no se interpone
Mellino destacó que “la Curia Romana, por tanto, no se interpone entre el Papa y los obispos, sino que les sirve, según las modalidades propias de la naturaleza de cada uno, sin dejar lugar a equívocos y malas interpretaciones sobre de quién depende en última instancia y cuáles son sus competencias".
3. Sinodalidad, corresponsabilidad, "sana descentralización"
Se busca que la Curia sirva de manera sinodal, entre los dicasterios y dentro de cada dicasterio, y en sinodalidad con toda la Iglesia y la Secretaría General del Sínodo. varios párrafos animan a fomentar “el sentido de la colegialidad y la responsabilidad pastoral” y una “sana descentralización para garantizar una rápida eficacia de la acción pastoral”.
4. Un laico puede presidir: su autoridad proviene del Papa
El profesor Gianfranco Ghirlanda señaló que ahora “cualquier fiel puede presidir un dicasterio o un organismo, dada su particular competencia, poder de gobierno y función”. "Quien está al frente de un dicasterio u otro órgano de la Curia no tiene autoridad por el rango jerárquico con el que está investido, sino por el poder que recibe del Romano Pontífice y que ejerce en su nombre”, especificó.
Así, según el artículo 15, también un laico puede ejercer esta “potestad vicaria ordinaria de gobierno recibida del Romano Pontífice con la atribución del cargo”. Esto, explicó Ghirlanda, “confirma que el poder de gobierno en la Iglesia no proviene del sacramento del orden, sino de la misión canónica".
En cuanto a las Conferencias Episcopales de los distintos países, se convertirán en "órganos de subsidiariedad" que "no interfieren en el oficio petrino ni en el gobierno de las Iglesias particulares”, también con "colaboración entre conferencias de diferentes regiones e incluso continentes, dando lugar a las Uniones regionales y continentales”.
5. Prevenir y castigar los abusos a menores
Entre los cambios previstos en Praedicate Evangelium destaca que la Pontificia Comisión para la Protección de Menores quedará establecida dentro del Dicasterio para la Doctrina de la Fe y que su objetivo será “proporcionar al Romano Pontífice consejo y asesoramiento y proponer las iniciativas más adecuadas para la protección de los menores y de las personas vulnerables”. Ghirlanda detalló que “la Comisión Pontificia tiene la tarea de prevenir estos delitos, mientras que la Sección Disciplinaria del Dicasterio tiene la tarea de llevar a cabo las acciones penales”.
6. Una nueva organización de los servicios económicos
Esta nueva constitución establece que los organismos económicos de la Curia quedan organizados así:
- el Consejo para la Economía,
- la Secretaría para la Economía,
- la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica,
- la Oficina del Auditor General,
- la Comisión de Asuntos Reservados
- y el Comité de Inversiones.
P.J.G., ReL
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